Mejorar la confianza en las transacciones digitales en el mercado europeo.
En el creciente mundo digital, la confianza es esencial para promover los intercambios y ahora están surgiendo muchas reglamentaciones para asegurarlos.
El Reglamento eIDAS tiene como objetivo aumentar la confianza en las transacciones electrónicas dentro del mercado interior. La reglamentación se aplica a la identificación electrónica, los servicios fiduciarios y los documentos electrónicos. Su objetivo es establecer un marco de interoperabilidad para los diferentes sistemas establecidos en los Estados Miembros a fin de promover el desarrollo de un mercado de confianza digital.
El Reglamento eIDAS sustituye a la Directiva 1999/93/CE, cuyo ámbito de aplicación se limitaba a las firmas electrónicas. En vigor desde julio de 2016, el eIDAS tiene por objeto establecer una base común para las interacciones electrónicas seguras entre los ciudadanos, las empresas y las autoridades públicas.
El Reglamento eIDAS normaliza las transacciones electrónicas dentro de los Estados miembros proporcionando tres niveles de fiabilidad y garantía con respecto a la firma electrónica:
El Reglamento eIDAS también introdujo un cuarto tipo de firma: un «sello digital». Reservado a las entidades jurídicas, garantiza el origen y la integridad de los datos asociados. Para más información sobre nuestro servicio de firma electrónica conforme a eIDAS, por favor visite Check’Sign.
En cuanto a los sistemas de identificación, el eIDAS define tres niveles de garantía:
El reglamento eIDAS se refiere principalmente a los organismos del sector público y a los proveedores de servicios de confianza establecidos en el territorio de la Unión Europea. Permite controlar los servicios ofrecidos por proveedores de servicios de confianza y garantizar la seguridad de las transacciones entre los usuarios, los proveedores y las autoridades administrativas.
Si su empresa utiliza una firma electrónica o una solución de verificación de identidad[1] , entonces el Reglamento eIDAS tiene un impacto directo sobre usted. Para garantizar la validez legal de sus procesos de CSC o de firma electrónica, debe asegurarse de que la solución que utiliza cumple los requisitos del Reglamento eIDAS, es decir, que el proveedor de servicios de confianza que ha elegido cuenta con todas las aprobaciones pertinentes.
El reglamento eIDAS establece obligaciones para todos los proveedores de servicios fiduciarios o autoridades de certificación, estén o no cualificados. En particular, bajo sanciones establecidas por los Estados miembros, deben:
Los proveedores de servicios fiduciarios serán responsables de los daños causados intencionalmente o por negligencia a cualquier persona física o jurídica como resultado del incumplimiento de sus obligaciones. La parte que reclame tales daños ha de ser el responsable de probar la intención o la negligencia de un proveedor de servicios de confianza no cualificado.
ARIADNEXT está reconocido como proveedor de servicios fiduciarios de acuerdo con el artículo 3(19) del Reglamento eiDAS. La conformidad de nuestros servicios es evaluada regularmente por un organismo reconocido por la ANSSI y las certificaciones obtenidas están a disposición del público.
Nuestras soluciones de firma electrónica Check’nSign cumplen con la normativa eIDAS a nivel de LCP (ETSI EN 319 411-1).
Nuestras soluciones de verification de identidad están siendo evaluadas por los servicios de la ANSSI para un nivel de garantía sustancial.